LEY N° 31017
Fecha: 01/05/2020 – Vigencia 02/05/2020
Ley que establece medidas para aliviar la economía familiar y dinamizar la economía nacional en el año 2020
“Autorizase que los afiliados al Sistema Privado de Pensiones, de forma voluntaria y extraordinaria, puedan retirar hasta el 25% (veinticinco por ciento) del total de sus fondos acumulados en su cuenta individual de capitalización, estableciéndose como monto máximo de retiro el equivalente a 3 UIT (tres unidades impositivas tributarias) y como monto mínimo de retiro el equivalente a 1 UIT (una unidad impositiva tributaria).”